Combustibles. Extienden la vigencia de los montos de los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono para febrero 2025
Se mantiene el incremento de los impuestos aplicables a partir del 01/01/2025 hasta el 28/02/2025 para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil -ver tabla-. A partir del 01/03/2025, se deberá considerar el incremento total remanente de la actualización del 1er trimestre del 2024 y de las actualizaciones del 2do y 3er trimestres calendario del 2024.
Decreto (PE) Nº 51/2025 (BO 31/01/2025)
Decreto (PE) Nº 51/2025 (BO 31/01/2025)
Tabla vigente desde el 01/01/2025 hasta el 28/02/2025:
Producto
Impuesto sobre los Combustibles Líquidos
Impuesto al Dióxido de Carbono
Incremento monto fijo actualizado del gravamen - artículo 4°
Incremento monto fijo actualizado del gravamen - tratamiento diferencial - artículo 7°, inc. d)
Nafta sin plomo, hasta 92 RON; nafta sin plomo, de más de 92 RON; y nafta virgen
$ 9,682
-
-
$ 0,593
Gasoil
$ 7,561
$ 4,094
-
$ 0,862
Ponemos a disposición la norma:
Producto
Impuesto sobre los Combustibles Líquidos
Impuesto al Dióxido de Carbono
Incremento monto fijo actualizado del gravamen - artículo 4°
Incremento monto fijo actualizado del gravamen - tratamiento diferencial - artículo 7°, inc. d)
Nafta sin plomo, hasta 92 RON; nafta sin plomo, de más de 92 RON; y nafta virgen
$ 9,682
-
-
$ 0,593
Gasoil
$ 7,561
$ 4,094
-
$ 0,862
Ponemos a disposición la norma: