Combustibles. Ajuste de los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono – junio 2025
Se aprueba el incremento de los impuestos aplicables a partir del 01/06/2025 para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil -ver tabla- y, a partir del 01/07/2025, se deberá considerar el incremento total en los montos de impuestos para los hechos imponibles que se perfeccionen desde esa fecha.
Decreto (PE) Nº 368/2025 (BO SUPLEMENTO 30/05/2025)
Decreto (PE) Nº 368/2025 (BO SUPLEMENTO 30/05/2025)
Tabla vigente desde el 01/06/2025 hasta el 30/06/2025:
Producto
Impuesto sobre los Combustibles Líquidos
Impuesto al Dióxido de Carbono
Incremento monto fijo actualizado del gravamen - artículo 4°
Incremento monto fijo actualizado del gravamen - tratamiento diferencial - artículo 7°, inc. d)
Nafta sin plomo, hasta 92 RON; nafta sin plomo, de más de 92 RON; y nafta virgen
$ 13,088
-
$ 0,802
Gasoil
$ 10,575
$ 5,726
$ 1,205
Ponemos la norma a disposición:
Producto
Impuesto sobre los Combustibles Líquidos
Impuesto al Dióxido de Carbono
Incremento monto fijo actualizado del gravamen - artículo 4°
Incremento monto fijo actualizado del gravamen - tratamiento diferencial - artículo 7°, inc. d)
Nafta sin plomo, hasta 92 RON; nafta sin plomo, de más de 92 RON; y nafta virgen
$ 13,088
-
$ 0,802
Gasoil
$ 10,575
$ 5,726
$ 1,205
Ponemos la norma a disposición: