IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Sala de Prensa22 de julio de 2026

Vencimiento de Ganancias: qué pasa si pagás menos y cuándo rectificar la declaración

La prórroga para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, sin modificar el vencimiento del pago, abrió interrogantes sobre el alcance de los beneficios del Régimen Simplificado cuando el importe abonado resulte inferior al determinado en la declaración definitiva.
Para Noelia Girardi, Gerente de Lisicki, Litvin & Abelovich, del marco normativo vigente se infiere que la regularización de la diferencia no debería implicar la pérdida de esos beneficios, siempre que se cumplan las condiciones previstas por el régimen. No obstante, el CPCECABA y la FACPCE solicitaron a ARCA precisiones sobre este punto, con el objetivo de confirmar que el ingreso de la diferencia con sus intereses mantendrá el efecto liberatorio del pago y la presunción de exactitud previstos para el Régimen Simplificado. ¿Alcanzan las normas vigentes o será necesaria una definición expresa de ARCA para despejar esta incertidumbre? Leé la nota.
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