¿Puede un contribuyente elegir dónde tributar el impuesto sobre los Ingresos Brutos?
Si bien el régimen general del Convenio Multilateral establece criterios precisos de atribución —como el destino final del bien o la efectiva prestación del servicio—, lo cierto es que los contribuyentes pueden analizar estratégicamente en qué jurisdicciones ejercer (o no) su actividad. Un reciente caso entre Peugeot Citroën Argentina S.A. y la Provincia de Río Negro, resuelto por la Comisión Arbitral (Res. CA 5/2025), reafirma que el domicilio del comprador prevalece como criterio de atribución frente a la ubicación del concesionario. Por ello, el Dr. Roberto Murmis, consultor de Lisicki, Litvin & Abelovich, analiza si en un contexto de competencia interprovincial por atraer inversiones con menores alícuotas, como ocurre en Chaco, ¿puede un contribuyente elegir dónde tributar Ingresos Brutos? Leé la nota.