Prensa | Inocencia fiscal II: limitan los efectos de la adhesión para los funcionarios públicos. Reducción de multas para Mipymes. (Trade & Retail, 14/08/2026)
El dictamen del proyecto de Inocencia Fiscal II incorporó cambios relevantes para funcionarios públicos y MiPyMEs. Los primeros podrán adherir al Régimen Simplificado de Ganancias, pero sin acceder a sus restantes efectos y beneficios; mientras que para determinados contribuyentes se contemplan reducciones en las multas por infracciones formales.
Christian Cossio, Gerente del Departamento Contencioso Tributario de Lisicki Litvin & Abelovich, analiza las modificaciones y explica los dos esquemas previstos para MiPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no sean Grandes Contribuyentes Nacionales: una reducción de pleno derecho del 25% y, para determinadas multas anteriores a la entrada en vigencia de la futura ley, una reducción del 50%. Leé el análisis.
Christian Cossio, Gerente del Departamento Contencioso Tributario de Lisicki Litvin & Abelovich, analiza las modificaciones y explica los dos esquemas previstos para MiPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no sean Grandes Contribuyentes Nacionales: una reducción de pleno derecho del 25% y, para determinadas multas anteriores a la entrada en vigencia de la futura ley, una reducción del 50%. Leé el análisis.