IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Sala de Prensa15 de septiembre de 2025

Las empresas podrán cancelar con saldos a favor el Impuesto sobre los Bienes Personales que deben liquidar e ingresar por sus accionistas

Tras décadas de controversias judiciales, ARCA finalmente habilitó que los responsables sustitutos puedan compensar sus obligaciones fiscales con saldos a favor de otros impuestos. La medida, plasmada en la R.G. (ARCA) Nº 5753/2025, impacta de lleno en el Impuesto sobre los Bienes Personales –Acciones y Participaciones–, donde las sociedades deben ingresar el gravamen en sustitución de sus accionistas. Como señala el Dr. Christian Cossio, gerente de Lisicki, Litvin & Abelovich, esta decisión alinea la normativa con lo que ya había reconocido la Corte Suprema y brinda una herramienta de alivio financiero para las empresas. Leé la nota.
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