Inocencia Fiscal: se redefine el Régimen Penal Tributario y eleva los montos de punibilidad
“La clave es que los nuevos límites de punibilidad se aplican según el monto vigente al momento del vencimiento de la declaración jurada que se revisa.”
La Ley de Inocencia Fiscal elevó de manera significativa los montos mínimos del Régimen Penal Tributario, llevando el umbral de evasión a $100 millones por impuesto y por año. El cambio impacta tanto en causas en trámite como en futuras denuncias y, además, fija un criterio temporal preciso: la existencia del delito penal debe evaluarse conforme al monto vigente al vencimiento de la declaración jurada cuestionada. Milena B. Palladino, abogada del Departamento Penal Económico y Empresarial de Lisicki, Litvin & Abelovich, analiza cómo esta definición normativa busca ordenar la aplicación del régimen, aportando mayor claridad y estabilidad en la evaluación de los nuevos límites.
> ¿Estamos ante un cierre definitivo del debate penal en materia fiscal? Leé la nota.
La Ley de Inocencia Fiscal elevó de manera significativa los montos mínimos del Régimen Penal Tributario, llevando el umbral de evasión a $100 millones por impuesto y por año. El cambio impacta tanto en causas en trámite como en futuras denuncias y, además, fija un criterio temporal preciso: la existencia del delito penal debe evaluarse conforme al monto vigente al vencimiento de la declaración jurada cuestionada. Milena B. Palladino, abogada del Departamento Penal Económico y Empresarial de Lisicki, Litvin & Abelovich, analiza cómo esta definición normativa busca ordenar la aplicación del régimen, aportando mayor claridad y estabilidad en la evaluación de los nuevos límites.
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