Herencia anticipada: le retienen Ingresos Brutos y protesta, cuál es la respuesta de CABA
“El Impuesto sobre los Ingresos Brutos no constituye un gravamen general sobre todo ingreso”.
A partir de un dictamen favorable de AGIP, el Dr. Lucas Gutiérrez, Socio de Lisicki, Litvin & Abelovich, analizó el tratamiento en Ingresos Brutos de una cesión onerosa de acciones en el marco de una herencia anticipada. El caso permitió reafirmar que la habitualidad —requisito esencial del tributo— no se presume por una operación aislada, aun cuando sea de significativa magnitud económica. El dictamen priorizó el análisis del hecho imponible y habilitó la devolución de las retenciones practicadas vía SIRCREB.
> ¿Cuándo una operación queda fuera del alcance del impuesto? Leé la nota.
A partir de un dictamen favorable de AGIP, el Dr. Lucas Gutiérrez, Socio de Lisicki, Litvin & Abelovich, analizó el tratamiento en Ingresos Brutos de una cesión onerosa de acciones en el marco de una herencia anticipada. El caso permitió reafirmar que la habitualidad —requisito esencial del tributo— no se presume por una operación aislada, aun cuando sea de significativa magnitud económica. El dictamen priorizó el análisis del hecho imponible y habilitó la devolución de las retenciones practicadas vía SIRCREB.
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