IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Sala de Prensa8 de enero de 2025

El Procedimiento Preventivo de Crisis y las obligaciones de la Seguridad Social

En el complejo contexto económico actual, las MiPyMEs enfrentan una elevada carga fiscal que compromete su sostenibilidad, especialmente en lo referente a aportes y contribuciones de la seguridad social. En este escenario, el Procedimiento Preventivo de Crisis (PPC), regulado por la Ley 24.013, surge como una herramienta clave para aliviar el impacto de la tributación laboral. Este mecanismo permite a las empresas en crisis pactar suspensiones temporales y asignaciones no remunerativas que no tributen al Sistema Nacional de la Seguridad Social. Si bien no es una solución definitiva, el PPC puede ser decisivo para la continuidad empresarial, siempre que se gestione con celeridad y cumpla con la normativa vigente. Leé la nota del abogado Dr. Julián Ortiz Alonso, gerente del Dpto. Contencioso Tributario y de la Seguridad Social de Lisicki, Litvin y Asociados, aquí.
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