IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Sala de Prensa29 de septiembre de 2025

Chau retenciones de IVA: la clave está en informar una CBU y cumplir con los deberes impositivos

"Actualmente, los contribuyentes inscriptos en el IVA que poseen incumplimientos o inician actividad deben emitir comprobantes clase M o 'A sujeto a retención'", explica la Dra. Noelia Girardi, gerente de Lisicki, Litvin & Abelovich. Con la nueva normativa de ARCA, se eliminan las Facturas M y el régimen intermedio, y se establecen tres modalidades de Factura A:
- Factura A sin limitaciones: para quienes cumplen con todos los requisitos y controles fiscales.
- Factura A con leyenda "operación sujeta a retención": reemplaza a la M. Mantiene retención del 100% de IVA facturado y 6% de Ganancias.
- Factura A con leyenda "pago en CBU informada": la novedad del esquema. Aplica cuando se cumplen todos los requisitos salvo el de solvencia patrimonial. No tiene retenciones, pero el cobro debe hacerse en la CBU declarada.
La principal ventaja es la simplificación: se unifican las modalidades en la Factura A, desaparece el régimen intermedio y se gana mayor previsibilidad en las operaciones. Leé la nota.
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