Actualización de quebrantos: en ningún caso corresponde aplicar sanción al contribuyente
La Dirección Nacional de Impuestos interpretó que los ajustes derivados de la actualización de quebrantos en el Impuesto a las Ganancias constituyen un error excusable, incluso si el contribuyente no adhirió al régimen de facilidades de pago. Por ello, los Dres. Christian Cossio, Gerente, y Benjamín Ortiz, del Departamento Contencioso Tributario de Lisicki, Litvin & Abelovich, señalan que este criterio oficial reconoce que se trata de una cuestión de interpretación compleja, por lo que no corresponde aplicar sanciones. ¿Querés conocer el alcance del dictamen y qué implica para las empresas? Leé la nota.