Procedimiento. Precisiones respecto de las condiciones para gestionar la transferencia de los BOPREAL a la cuenta comitente de ARCA
Los tenedores de los BOPREAL, a fin de darlos en pago para la cancelación de las obligaciones impositivas y aduaneras, deberán gestionar su transferencia a través de un Participante de Caja de Valores S.A., según la serie y los plazos establecidos, a la cuenta comitente de ARCA N° 338958191 del BNA -Sucursal 0085-, depositante N° 1128 en la citada Caja de Valores S.A., y se aclara que dicha transferencia no resultará procedente en las fechas en las que el BCRA realice el pago de los intereses devengados y de las cuotas de amortización.
Resolución General (ARCA) Nº 5714/2025 (BO 18/06/2025)
Resolución General (ARCA) Nº 5714/2025 (BO 18/06/2025)
Ponemos a disposición la norma: