Procedimiento. Flexibilizan requisitos y actualizan tasa de financiación del régimen permanente de facilidades de pago -RG (AFIP) Nº 5321/2023
Se modifica la RG (AFIP) Nº 5321/2023, reduciendo de 12 a 6 meses el período a considerar para detraer planes caducos al calcular la cantidad máxima admisible de nuevos planes de facilidades de pago. Además, se actualiza la tasa de financiación: ahora será del 100% de la tasa de interés resarcitorio vigente a la fecha de consolidación, según lo dispuesto en la R. (ME) Nº 3/24, reemplazando la escala anterior del 90%, 95% y 100%, según el tipo de contribuyente y plan.
Resolución General (ARCA) Nº 5776/2025 (BO 22/10/2025)
Nota Aclaratoria (ARCA) sobre R.G. (ARCA) Nº 5776/2025 (BO 23/10/2025)
Resolución General (ARCA) Nº 5776/2025 (BO 22/10/2025)
Nota Aclaratoria (ARCA) sobre R.G. (ARCA) Nº 5776/2025 (BO 23/10/2025)
Ponemos a disposición la norma: