IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa3 de julio de 2026

Procedimiento. Flexibilizan el régimen permanente de facilidades de pago para contribuyentes concursados y fallidos

Se sustituye la R.G. (AFIP) Nº 3587/2014 y unifica en un único texto el régimen permanente de facilidades de pago para contribuyentes en concurso preventivo y quiebra. La norma amplía los sujetos y las obligaciones alcanzadas, incrementa la cantidad máxima de cuotas hasta 120, reduce la tasa de financiación al 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente y actualiza el procedimiento de adhesión mediante los servicios digitales. Las nuevas disposiciones resultan aplicables a las solicitudes de adhesión que se presenten desde el 04/07/2026.

Resolución General (ARCA) Nº 5873/2026 (BO 03/07/2026)
Principales modificaciones incorporadas por la R.G. (ARCA) Nº 5873/2026

Sujetos alcanzados. 
Se amplía el universo de contribuyentes que pueden adherir al régimen, incorporando expresamente a responsables solidarios, garantes y terceros adquirentes, además de contemplar distintos supuestos vinculados con concursos preventivos y quiebras.
Obligaciones regularizables. 
Se amplían los conceptos que pueden incluirse en los planes de facilidades de pago, incorporando, entre otros, obligaciones determinadas por fiscalizaciones o verificaciones posteriores y otros créditos a cargo de ARCA que antes no estaban expresamente contemplados.
Cantidad de cuotas. 
Se incrementa la financiación disponible, estableciendo planes de hasta 120 cuotas, según el tipo de deuda y la situación del contribuyente.
Tasa de financiación. 
Se reduce el costo financiero de los planes al fijar una tasa equivalente al 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente, en reemplazo del esquema previsto en la resolución anterior.
Procedimiento de adhesión. 
Se actualiza íntegramente la operatoria para adecuarla a los servicios digitales de ARCA, centralizando la adhesión mediante el sistema "Mis Facilidades" y las Presentaciones Digitales, con nuevas reglas para la solicitud, seguimiento y reformulación de los planes.
Reformulación de planes.
Se incorporan reglas específicas para reformular planes vigentes, permitiendo incluir nuevas obligaciones y adecuar las condiciones de financiación en determinados supuestos.
Caducidad. 
Se unifican y precisan las causales de caducidad de los planes y sus efectos, estableciendo un tratamiento homogéneo para las distintas modalidades de regularización.
Normativa. 
Se sustituye íntegramente la R.G. (AFIP) Nº 3587/2014, junto con sus modificatorias y complementarias, concentrando en un único texto el régimen especial de facilidades de pago para sujetos concursados y fallidos.

Ponemos a disposición la norma y anexos:
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