Procedimiento. Establecen pautas para la aplicación de la multa por falta de presentación de declaraciones juradas
Se establecen pautas procedimentales para la aplicación de la multa prevista en el artículo 38 de la Ley Nº 11.683 por la falta de presentación de declaraciones juradas determinativas en término. Se dispone el envío automático de un “Recordatorio por Falta de Presentación” al Domicilio Fiscal Electrónico y se fijan plazos de espera diferenciados según el segmento del contribuyente, antes de registrar la multa en el Sistema de Cuentas Tributarias. Asimismo, se precisan las condiciones para la intimación posterior y se incorporan disposiciones transitorias para declaraciones juradas vencidas a partir del 02/01/2026, en línea con los montos actualizados por la Ley Nº 27.799.
Instrucción General (ARCA) Nº 2/2026 (BO sin publicar)
Instrucción General (ARCA) Nº 2/2026 (BO sin publicar)
Ponemos a disposición la norma: