Procedimiento. Derogan el día no laborable del 27 de junio para la Administración Pública Nacional
Se deroga el artículo 2° de la Ley N° 26.876, eliminando el día de descanso para los trabajadores de la Administración Pública Nacional previsto para el 27 de junio de cada año. Para 2025, se establece que dicha fecha no será considerada día hábil administrativo solo a efectos del cómputo de los plazos legales.
Decreto (DNU - PE) Nº 430/2025 (BO 26/06/2025)
Decreto (DNU - PE) Nº 430/2025 (BO 26/06/2025)
Ponemos a disposición la norma: