IVA. Régimen de exclusión. Flexibilizan requisitos para contribuyentes con subsidios o alícuota reducida
Se modifica el artículo 24 de la R.G. (AFIP) Nº 2226/2007, que regula el planteo de disconformidad frente a la denegatoria de exclusión de los regímenes de retención, percepción y/o pagos a cuenta del IVA. Si la disconformidad es resuelta favorablemente, el certificado se publicará en el sitio web institucional. La norma incorpora dos novedades: (i) ante el rechazo, el contribuyente podrá interponer el recurso del artículo 74 del Decreto Reglamentario de la Ley Nº 11.683; y (ii) para quienes perciban subsidios, compensaciones tarifarias o fondos estatales, o realicen operaciones con alícuota reducida de IVA sin un régimen operativo de devolución de saldos técnicos, el juez administrativo podrá resolver el recurso sin exigir el requisito del inciso h) del artículo 4°, que impone mantener un saldo de libre disponibilidad mínimo del 20% del promedio del impuesto determinado en las últimas declaraciones juradas.
Resolución General (ARCA) Nº 5774/2025 (BO 21/10/2025)
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Ponemos a disposición la norma: