IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa14 de enero de 2026

Ganancias. Habilitan un régimen simplificado de estados contables para las asociaciones civiles inscriptas la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas y Registro Público de Entre Ríos

Se establece un régimen de simplificación contable para las asociaciones civiles inscriptas y sujetas al control de la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas y Registro Público de la Provincia de Entre Ríos, incluidas en la Categoría I, cuyos ingresos brutos anuales no superen el tope correspondiente a la Categoría “G” del Régimen Simplificado. Las entidades alcanzadas serán caracterizadas por la ARCA en el “Sistema Registral” bajo el código “(586) – Asociaciones Civiles – ENTRE RÍOS”. Podrán confeccionar y presentar un Estado de Recursos y Gastos conforme al modelo aprobado como anexo, el cual deberá ser presentado ante el organismo provincial y ante la ARCA a través del servicio con Clave Fiscal “Presentación Única de Balances (PUB)”, y tendrá validez a los fines del Impuesto a las Ganancias, incluida la tramitación del certificado de exención. La medida resulta aplicable a los ejercicios económicos iniciados a partir del 1° de enero de 2025 y habilita la regularización de presentaciones correspondientes a períodos anteriores.

Resolución General Conjunta (ARCA) Nº 5811/2026 (BO 14/01/2026)
Ponemos a disposición la norma y anexo:
Compartir