Ganancias. Extienden el plazo para presentar la declaración jurada 2025 y postergan el primer anticipo 2026
Se establece un plazo excepcional para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025, que podrá efectuarse hasta el 27 de agosto de 2026. El vencimiento para el pago del saldo se mantiene el 27 de julio de 2026. En Bienes Personales, tanto la presentación de la declaración jurada como, en su caso, el pago del saldo del período fiscal 2025 continúan con vencimiento el 27 de julio de 2026. Asimismo, se prorroga el ingreso del primer anticipo del período fiscal 2026 a los días 14, 15 y 16 de septiembre de 2026, según la terminación de la CUIT. Vigencia: 20/07/2026.
Resolución General (ARCA) Nº 5876/2026 (BO 20/07/2026)
Resolución General (ARCA) Nº 5876/2026 (BO 20/07/2026)
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