IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa18 de agosto de 2026

Convenio Multilateral. Ingresos Brutos. Definen el alcance del régimen especial para intermediarios en la comercialización de bienes

Se interpreta el alcance del régimen especial del artículo 11 del Convenio Multilateral para rematadores, comisionistas y otros intermediarios. Se establece que comprende a quienes intervienen en la comercialización de bienes sin adquirir su propiedad ni asumir su riesgo económico y exclusivamente por los ingresos que retribuyan directamente esa intermediación, como comisiones u honorarios. Se excluyen los ingresos por servicios, intangibles y derechos, aun cuando se facturen conjuntamente, y se exige acreditar la condición de intermediario y su retribución operación por operación mediante documentación fehaciente.

Resolución General (CA) Nº 7/2026 (BO 18/08/2026)
Ponemos a disposición la norma:
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