Convenio multilateral. Aprueban texto ordenado del Reglamento Procesal e incorporan mecanismos de aclaración y corrección de resoluciones
Se modifica el Reglamento Procesal aprobado por la R. (CP) Nº 32/2015 y aprueba un nuevo texto ordenado. Se incorpora el art. 12 bis, que dispone que contra resoluciones de la Comisión Arbitral en casos concretos solo procede el recurso de apelación del art. 25 del Convenio Multilateral y la solicitud prevista en el nuevo art. 25 bis. Este último habilita únicamente la corrección de errores materiales o la aclaración de conceptos oscuros sin alterar lo resuelto. Además, se modifica el art. 29, precisando que situaciones no previstas serán resueltas por la Comisión Arbitral.
Resolución (CP) Nº 16/2025 (BO 02/10/2025)
Resolución (CP) Nº 16/2025 (BO 02/10/2025)
Ponemos a disposición la norma: