Comercio exterior. Garantías aduaneras. Incorporan la declaración jurada como instrumento de garantía
Se modifica la R.G. (AFIP) Nº 3885/2016 incorporando la declaración jurada como modalidad de garantía para operaciones de importación y exportación, conforme al Decreto Nº 838/2025. La garantía se considerará constituida cuando el declarante manifieste el compromiso en la destinación aduanera a través del Sistema Informático MALVINA (SIM), seleccionando el código “DJ-GARANTIAS”, sin requerir la presentación de un documento adicional. Se establecen requisitos para su utilización (sin deuda exigible, antigüedad mínima de 2 años, sin antecedentes penales y perfil de riesgo adecuado) y se actualizan los cuadros de solvencia. La norma entra en vigencia el 05/05/2026 y su aplicación queda sujeta al cronograma que establezca la Dirección General de Aduanas.
Resolución General (ARCA) Nº 5842/2026 (BO 04/05/2026)
Resolución General (ARCA) Nº 5842/2026 (BO 04/05/2026)
Ponemos a disposición la norma y anexos: