IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa4 de mayo de 2026

Comercio exterior. Garantías aduaneras. Incorporan la declaración jurada como instrumento de garantía

Se modifica la R.G. (AFIP) Nº 3885/2016 incorporando la declaración jurada como modalidad de garantía para operaciones de importación y exportación, conforme al Decreto Nº 838/2025. La garantía se considerará constituida cuando el declarante manifieste el compromiso en la destinación aduanera a través del Sistema Informático MALVINA (SIM), seleccionando el código “DJ-GARANTIAS”, sin requerir la presentación de un documento adicional. Se establecen requisitos para su utilización (sin deuda exigible, antigüedad mínima de 2 años, sin antecedentes penales y perfil de riesgo adecuado) y se actualizan los cuadros de solvencia. La norma entra en vigencia el 05/05/2026 y su aplicación queda sujeta al cronograma que establezca la Dirección General de Aduanas.

Resolución General (ARCA) Nº 5842/2026 (BO 04/05/2026)
Ponemos a disposición la norma y anexos:
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