Comercio exterior. Combustibles. Fijan nuevos parámetros para calcular los derechos de exportación del petróleo crudo de yacimientos convencionales
Se fijan, a los efectos del cálculo de la alícuota de los derechos de exportación, nuevos valores aplicables a los aceites crudos de petróleo provenientes de yacimientos convencionales, comprendidos en la posición arancelaria NCM 2709.00.10. A tal fin, el Valor Base se establece en USD 65 por barril y el Valor de Referencia en USD 80 por barril, manteniéndose una alícuota del 0% cuando el Precio Internacional sea igual o inferior al VB y del 8% cuando sea igual o superior al VR, con aplicación de una fórmula proporcional para valores intermedios. La medida deja sin efecto, para esta mercadería, la alícuota prevista en el Decreto Nº 488/2020.
Decreto (PE) Nº 59/2026 (BO 29/01/2026)
Decreto (PE) Nº 59/2026 (BO 29/01/2026)
Ponemos a disposición la norma: