Combustibles. Disponen un incremento parcial de los impuestos sobre los combustibles para agosto y postergan el remanente a septiembre de 2026
Se modifica el Decreto Nº 617/2025 para disponer, entre el 1° y el 31 de agosto de 2026, un incremento parcial de los montos del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y del Impuesto al Dióxido de Carbono aplicables a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil. Asimismo, se difiere al 1° de septiembre de 2026 la aplicación del remanente de las actualizaciones correspondientes a los años 2024 y 2025 y al primer trimestre de 2026. El decreto rige desde el 1° de agosto de 2026.
Decreto (PE) Nº 693/2026 (BO 31/07/2026)
Decreto (PE) Nº 693/2026 (BO 31/07/2026)
Tabla vigente desde el 01/08/2026 hasta el 31/08/2026:
Producto · Impuesto sobre los Combustibles Líquidos · Impuesto al Dióxido de Carbono
Incremento monto fijo actualizado del gravamen - artículo 4° · Incremento monto fijo actualizado del gravamen - tratamiento diferencial - artículo 7°, inc. d) · Incremento monto fijo actualizado del gravamen - artículo 11
Nafta sin plomo, hasta 92 RON; nafta sin plomo, de más de 92 RON; y nafta virgen · $ 10,572 · - · $ 0,648
Gasoil · $ 9,511 · $ 5,150 · $ 1,084
Ponemos a disposición la norma:
Producto · Impuesto sobre los Combustibles Líquidos · Impuesto al Dióxido de Carbono
Incremento monto fijo actualizado del gravamen - artículo 4° · Incremento monto fijo actualizado del gravamen - tratamiento diferencial - artículo 7°, inc. d) · Incremento monto fijo actualizado del gravamen - artículo 11
Nafta sin plomo, hasta 92 RON; nafta sin plomo, de más de 92 RON; y nafta virgen · $ 10,572 · - · $ 0,648
Gasoil · $ 9,511 · $ 5,150 · $ 1,084
Ponemos a disposición la norma: