Combustibles. Difieren hasta noviembre la aplicación de los aumentos en los impuestos a combustibles líquidos y al dióxido de carbono
Se modifica el Decreto Nº 617/2025 y se difiere nuevamente la aplicación de los incrementos en los montos fijos del impuesto a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono. Los ajustes pendientes por las actualizaciones de 2024 y de los dos primeros trimestres de 2025, aplicables a nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil, comenzarán a regir a partir del 01/11/025 (antes 01/10/2025).
Decreto (PE) Nº 699/2025 (BO 01/10/2025)
Decreto (PE) Nº 699/2025 (BO 01/10/2025)
Tabla vigente desde el 01/09/2025 hasta el 31/10/2025:
ProductoImpuesto sobre los Combustibles LíquidosImpuesto al Dióxido de CarbonoIncremento monto fijo actualizado del gravamen – artículo 4°Incremento monto fijo actualizado del gravamen – tratamiento diferencial – artículo 7°, inc. d)Incremento monto fijo actualizado del gravamen – artículo 11Nafta sin plomo, hasta 92 RON; nafta sin plomo, de más de 92 RON; y nafta virgen$ 10,523-$ 0,645Gasoil$ 8,577$ 4,644$ 0,978
Ponemos a disposición la norma:
ProductoImpuesto sobre los Combustibles LíquidosImpuesto al Dióxido de CarbonoIncremento monto fijo actualizado del gravamen – artículo 4°Incremento monto fijo actualizado del gravamen – tratamiento diferencial – artículo 7°, inc. d)Incremento monto fijo actualizado del gravamen – artículo 11Nafta sin plomo, hasta 92 RON; nafta sin plomo, de más de 92 RON; y nafta virgen$ 10,523-$ 0,645Gasoil$ 8,577$ 4,644$ 0,978
Ponemos a disposición la norma: