CABA. Crean el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal
Se crea en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal, destinado a facilitar la refinanciación y cancelación de deudas de consumo mediante líneas de crédito especiales otorgadas por el Banco Ciudad y entidades financieras adheridas. El programa está dirigido a personas humanas en situación de vulnerabilidad financiera que cumplan determinados requisitos de endeudamiento, ingresos y calificación crediticia. Además, las entidades adheridas accederán a una reducción del 50% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre los intereses percibidos por los préstamos otorgados bajo este régimen. La ley deberá reglamentarse dentro de los 30 días de su promulgación.
Ley (CABA) Nº 6.959 (BO 01/07/2026)
Ley (CABA) Nº 6.959 (BO 01/07/2026)
Principales requisitos para acceder al programa:
Tipo de deuda. Registrar deudas originadas exclusivamente en tarjetas de crédito y/o préstamos personales otorgados por entidades financieras.
Calificación crediticia. Encontrarse informado en la Central de Deudores del BCRA en Situación 2 (atrasos de entre 60 y 90 días) o Situación 3 (atrasos de entre 90 y 180 días), al 01/06/2026 o a la fecha que establezca la reglamentación.
Ingresos. Acreditar que el grupo familiar percibe ingresos mensuales inferiores a 10 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).
Nivel de endeudamiento. Demostrar que las cuotas mensuales de las deudas alcanzadas representan más del 30% de los ingresos mensuales del hogar.
Domicilio. Tener domicilio real en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con una antigüedad mínima de 2 años.
Ponemos a disposición la norma:
Tipo de deuda. Registrar deudas originadas exclusivamente en tarjetas de crédito y/o préstamos personales otorgados por entidades financieras.
Calificación crediticia. Encontrarse informado en la Central de Deudores del BCRA en Situación 2 (atrasos de entre 60 y 90 días) o Situación 3 (atrasos de entre 90 y 180 días), al 01/06/2026 o a la fecha que establezca la reglamentación.
Ingresos. Acreditar que el grupo familiar percibe ingresos mensuales inferiores a 10 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).
Nivel de endeudamiento. Demostrar que las cuotas mensuales de las deudas alcanzadas representan más del 30% de los ingresos mensuales del hogar.
Domicilio. Tener domicilio real en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con una antigüedad mínima de 2 años.
Ponemos a disposición la norma: