IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa13 de abril de 2026

Beneficios fiscales. Inversiones productivas. Reglamentan el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones - RIMI

Se reglamenta el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) creado por la Ley N° 27.802, precisando alcance, sujetos y condiciones de acceso. Las inversiones elegibles son las realizadas desde la entrada en vigencia de la ley y hasta 2 años contados desde la entrada en vigencia de la resolución conjunta prevista en el art. 11 del decreto. La puesta en marcha podrá efectuarse con posterioridad a ese plazo, siempre que acrediten que los bienes son susceptibles de amortización en el impuesto a las ganancias. Se incluyen bienes nuevos amortizables (excepto automóviles) y obras con avance menor al 30%. Impacta en Ganancias e IVA, al habilitar beneficios fiscales y devolución bajo cupo.

Decreto Nº 242/2026 (BO 13/04/2026)
Ponemos a disposición la norma:
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