IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa27 de enero de 2025

Agronegocios. Comercio exterior. Reducen temporalmente los derechos de exportación para impulsar las exportaciones agroindustriales

Se establecen nuevas alícuotas para los Derechos de Exportación (DE) de determinados productos: (*) Reducción a 0%: Se fija una alícuota de 0% para las mercaderías detalladas en el Anexo I, que incluye productos agroindustriales y bienes elaborados de economías regionales; (*) Reducción temporal en el Anexo II: Para otras mercaderías, se reduce la alícuota hasta el 30/06/2025 (soja 26%, derivados de soja 24,5%, trigo, cebada, maíz, sorgo 9,5% y girasol 5,5%). Es condición, para esta reducción que se liquide al menos el 95% de las divisas provenientes de estas exportaciones dentro de los 15 días hábiles de presentar la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE). El incumplimiento de las condiciones implicará la restitución de la alícuota anterior y la suspensión del beneficio hasta regularizar la situación.

Decreto (PE) Nº 38/2025 (BO 27/01/2025)
Ponemos a disposición la norma:
Compartir