Agronegocios. Adecuan normativa de comprobantes electrónicos para operaciones con granos
Se modifican las R.G. (AFIP) N° 3419/1991, 3690/2014 y 3691/2014, reemplazando el RUCA y registros fiscales previos por el SISA como único padrón habilitante. Solo los operadores activos con estado 1 o 2 en el SISA podrán emitir la Liquidación Primaria (R.G. 3419), la Secundaria (R.G. 3690) y la Certificación de Depósito, Retiro y/o Transferencia de Granos (R.G. 3691).
Resolución General (ARCA) Nº 5687/2025 (BO 06/05/2025)
Resolución General (ARCA) Nº 5687/2025 (BO 06/05/2025)
Ponemos a disposición la norma: