IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa5 de junio de 2025

Actuación profesional. UIF. Actualizan umbrales para reportes y documentación en operaciones financieras, registrales e inmobiliarias

Se actualizan los valores a partir de los cuales los Sujetos Obligados deberán requerir documentación respaldatoria o efectuar reportes sistemáticos: (i) Depósitos bancarios en efectivo: se eleva el umbral para identificación del depositante a 40 SMVM, equivalentes a aproximadamente USD 10.000. Se prohíbe a los Sujetos Obligados requerir declaraciones juradas impositivas; (ii) Registro de la Propiedad Automotor: el valor a partir del cual se requiere documentación respaldatoria asciende a $115.000.000 (aprox. USD 100.000). Se elimina la exigencia de certificación contable, siendo reemplazada por declaraciones juradas de origen y licitud de fondos. Además, se eleva a $ 50.000.000 el umbral para los reportes sistemáticos de adquisiciones de automotores; y (iii) Escribanos y Registros de la Propiedad Inmueble: se establece un nuevo umbral de 750 SMVM (aprox. USD 200.000) para la obligación de reportar sistemáticamente operaciones a la UIF.

Resolución (UIF) Nº 78/2025 (BO 05/06/2025)
Ponemos a disposición la norma:
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