Actuación profesional. Reglamentan el procedimiento para inscribir cooperativas en el Registro MiPyME con datos del INAES
A partir del 1° de junio de 2025, las cooperativas que soliciten su inscripción en el Registro de Empresas MiPyMEs deberán haber informado en tiempo y forma la nómina de asociados y autoridades al INAES mediante el Sistema Integrado aprobado por la R. (INAES) Nº 756/2025. La SEPyME utilizará esos datos —en lugar de declaraciones juradas individuales— para verificar el cumplimiento de los requisitos de inscripción de dichos sujetos, conforme al Art. 10 del Anexo I de la R. (SEPyME) 220/2019 y sus modificaciones.
Resolución (SEPYMEEYE) Nº 124/2025 (BO 24/06/2025)
Resolución (SEPYMEEYE) Nº 124/2025 (BO 24/06/2025)
Ponemos a disposición la norma: