IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa18 de agosto de 2025

Actuación profesional. Crean el Registro de Sociedades de Gestión Colectiva de Derechos de Autor y Conexos

El Ministerio de Justicia crea el Registro de Sociedades de Gestión Colectiva de Derechos de Autor y Conexos, bajo la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA). Toda entidad que pretenda gestionar colectivamente derechos de autor o conexos deberá contar con autorización previa de la DNDA, solicitada por TAD. Las sociedades ya reconocidas serán inscriptas de oficio, sujetas al cumplimiento de obligaciones. La DNDA debe resolver en 60 días hábiles y podrá requerir subsanaciones en 10 días. Incumplimientos estatutarios o normativos habilitan suspensión/revocación. Las reformas estatutarias deben informarse con 20 días de anticipación y presentarse en 30 días posteriores a su aprobación. Los balances y declaraciones juradas se presentan a los 30 días de su aprobado. Se establecen facultades de fiscalización e inspección y se instruye a la DNDA a implementar un procedimiento de mediación.

Resolución (MJ) Nº 536/2025 (BO 18/08/2025)
Ponemos a disposición la norma y anexos:
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