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Provincia de Buenos Aires. Procedimiento. Feria Fiscal.
Supresión de la necesidad del dictado de un acto administrativo específico para el establecimiento de la feria fiscal, las que se remiten a las fechas que fije la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires.
Resolución Normativa (ARBA) Nº 28/2017 (BO 28/07/2017)
Se modifica la Resolución Normativa (ARBA) Nº 21/2016, estableciéndose en el ámbito de ARBA, como feria fiscal administrativa, y con el alcance dispuesto en la presente, los siguientes períodos:
a) la primera quincena del mes de enero de cada año, y
b) la primera semana de la feria judicial de invierno que se establezca cada año para el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires.
Por lo tanto, ya no será necesaria la reglamentación anual de las fechas de inicio y fin del período indicado en el inciso b).