Novedades. AFIP actualiza el importe que obliga a identificar a consumidores finales en la facturación
- Se debe identificar siempre que el importe sea igual o superior a $344.488.
- Cuando el importe sea igual o superior a $172.244 y no se cancele con medios de pago electrónicos autorizados.
En el caso de responsables inscriptos en el IVA con actividad mayorista, la identificación del cliente se exceptúa para operaciones igual o menores a $172.244 pagadas con algún medio electrónico autorizado.